BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE GEROCULTOR VIVIENDAS TUTELADAS DEL AYUNTAMIENTO DE CASARRUBIOS DEL MONTE
PRIMERA. Normas generales. Es objeto de las presentes bases la constitución de una bolsa de trabajo de gerocultor de las viviendas tuteladas, por el sistema de concurso, para la contratación de personal laboral temporal, según las necesidades del servicio.
SEGUNDA. Modalidad del contrato. La naturaleza de los contratos a celebrar será laboral temporal, regulada en el artículo 15 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, sobre las modalidades de contrato de trabajo por sustitución de persona trabajadora o por circunstancias de la producción.
Las personas contratadas tendrán como cometidos todos aquellos propios del puesto de trabajo de gerocultor de las viviendas tuteladas, y en concreto los siguientes:
A. Ayudar en la higiene personal del residente cuando el usuario lo solicite.
B. Efectuar la limpieza de la vivienda y mantenerla en orden.
C. Recoger, lavar y planchar la ropa de los residentes, así como el resto de ropa de hogar que necesita el centro.
D. Preparar y cocinar todos los alimentos que se sirven en el centro y distribución de las comidas a los usuarios.
E. Acompañar a consultas médicas locales a los residentes que lo soliciten.
F. Comunicar las incidencias que se produzcan sobre la salud de los usuarios.
G. Realizar, además, todas aquellas tareas análogas y complementarias con el cometido de las funciones a desarrollar que le sean asignadas por su superior o superiores según lo demande la necesidad del servicio y que estén relacionadas con las misiones del puesto y la unidad de gestión para facilitar al beneficiario su normal desenvolvimiento en las viviendas tuteladas.